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276
Descripción del documento: Determinar la procedencia o no de admitir la corrección del manifiesto de carga, donde se solicita la corrección de la cantidad de bultos digitados originalmente, por cuanto se digitó para la línea número 1 un bulto siendo lo correcto 14 bultos y en la línea número 2 15 bultos con un peso de 25204.
Estado: Vigente
Descripción del estado: -
Fundamento doctrinal: -
Origen: Tribunal Aduanero Nacional
Tipo de documento: Sentencia
Clase de Asunto: Recurso apelación
Fecha: 27/08/2015
Observaciones: El Tribunal resuelve declarar la nulidad de todo lo actuado a partir de la resolución RES-CALD-DN-0431-2015 del 28 de julio de 2015, inclusive.
Referencias >>
Documentos relacionados >>

  • Normativa



  • Constitución Política
    Tipo: Constitución Política    0 SubN°: 0   Fecha: 07/11/1949
    Artículo(s)
     39 41


    Ley General de Aduanas
    Tipo: Ley    7557 SubN°: 0   Fecha: 20/10/1995
    Artículo(s)
     81 198 205 206 207 208 209
     210


    Ley General de la Administración Pública
    Tipo: Ley    6227 SubN°: 0   Fecha: 02/05/1978
    Artículo(s)
     11 128 131 132 133 153 166
     214 223 351 167 168 169 170
     171 172 165


    Reglamento a la Ley General de Aduanas
    Tipo: Decreto Ejecutivo    25270 SubN°: 0   Fecha: 14/06/1996
    Artículo(s)
     256
    Descrip y restric >>
    Alegato de conclusiones. Conocimiento de embarque. Manifiesto de carga. Mercancía bajo control aduanero: Sobrantes y faltantes de mercancía. Motivación del acto administrativo. Nulidad absoluta, evidente y manifiesta del acto administrativo. Principio constitucional de legalidad. Principio del debido proceso. Vicios del acto administrativo.
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