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119014
Descripción del documento: No se debe cobrar el IVA en las donaciones en dinero o especie recibidas por el consultante, con independencia de la persona que las aporte y; por las donaciones recibidas, se deben emitir los comprobantes con los requisitos establecidos en el artículo 11 de la resolución DGT-R-03-2022.
Estado: Vigente
Descripción del estado: -
Fundamento doctrinal: -
Origen: Dirección General de Tributación
Tipo de documento: Oficio
Clase de Asunto: Consulta
Fecha: 09/09/2022
Observaciones: -
Referencias >>
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  • Documentos Hacienda


  • Cita a Resolución  033  SubN° 0 del 20/06/2019
    Descripción: 


    Cita a Resolución  3  SubN° 0 del 10/02/2022
    Descripción: 

    Descrip y restric >>
    Asociación cooperativa. Donación: Donaciones. Factura electrónica: Excepciones (no obligado a emitir comprobante electrónico).
    Texto >>

    Es copia del documento digital original remitido por la oficina que lo emitió –
    Fuente: tomado del Módulo del Digesto Tributario del Sistema Costarricense de Información Jurídica el: 25/01/2025, hora: 10:54:29

    Extracto >>
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