N°
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588
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Descripción del documento:
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Se rechaza por improcedente la solicitud de adición y aclaración, al no contener la resolución en cuestión, vicios de falta de claridad, omisiones ni incongruencias . |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Tribunal Fiscal Administrativo |
Tipo de documento: |
Fallo |
Clase de Asunto:
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Solicitud adición y aclaración |
Fecha:
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31/10/2016 |
Observaciones:
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NOTA DEL DIGESTO TRIBUTARIO: De conformidad con la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV, N° 48-2021-IV de las ocho horas del diecinueve de abril del dos mil veintiuno, se declaró: “[…] la nulidad de las resoluciones del Tribunal Fiscal Administrativo identificadas con los números 319-P-2016 de las 11:00 hrs. del 13 de julio del 2016 y 320-P- 2016 de las 12:00 hrs. del 13 de julio del 2016, así como, y en consecuencia, la nulidad de toda actuación administrativa formal adoptada con posterioridad en conexidad con las mismas, lo que incluye cualquier requerimiento de pago y consecuente pago por parte de la empresa actora en favor de la Administración en el plano de lo resuelto en el expediente determinativo, y en el sancionador que nos ocuparon. […]” y; siendo que por medio del fallo del TFA-588-2016 se rechazó una adición y aclaración del N° 319-2016, se podría estar en una anulación tácita del presente documento (N°588-2016).
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