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1466
Descripción del documento: La madera debe pagar por concepto del IVA una tarifa del 13%, destinándose de esa tarifa, un 3% por concepto de Impuesto Genetal Forestal (Ley N° 7575, artículo 42).
Estado: Vigente
Descripción del estado: -
Fundamento doctrinal: -
Origen: Dirección General de Tributación
Tipo de documento: Oficio
Clase de Asunto: Consulta
Fecha: 02/12/2020
Observaciones: -
Referencias >>
Documentos relacionados >>

  • Normativa



  • Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA)
    Tipo: Ley    6826 SubN°: 0   Fecha: 08/11/1982
    Artículo(s)
     1 2 4 10 11


    Ley Forestal
    Tipo: Ley    7575 SubN°: 0   Fecha: 13/02/1996
    Artículo(s)
     42
  • Documentos Hacienda


  • Citado por Oficio  913  SubN° 0 del 11/08/2021
    Descripción: 

    Descrip y restric >>
    Impuesto sobre el valor agregado: Impuesto General Forestal (impuesto a la madera 3%), Bienes y servicios gravados. Legislación forestal: Impuesto General Forestal (impuesto a la madera 3%). Patrimonio forestal.
    Texto >>
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