N°
|
960
|
Descripción del documento:
|
La consultante no puede aplicarse como gastos deducibles, los impuestos retenidos en el exterior, toda vez que la ley no contempló como gastos deducibles de la renta bruta, los gastos o impuestos ocasionados en el exterior. |
Estado:
|
Vigente
|
Descripción del estado:
|
- |
Fundamento doctrinal:
|
- |
Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
|
Consulta |
Fecha:
|
05/08/2020 |
Observaciones:
|
-
|
|