N°
|
1640
|
Descripción del documento:
|
Deben declararse en el Impuesto sobre la Renta, la totalidad de los ingresos que generen, sean, por intereses corrientes y/o moratorios, los cuales constituyen los ingresos ordinarios o renta bruta de la compañía, mismos que deberán de facturarse electrónicamente. |
Estado:
|
Vigente
|
Descripción del estado:
|
- |
Fundamento doctrinal:
|
- |
Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
|
Consulta |
Fecha:
|
09/11/2018 |
Observaciones:
|
NOTA DEL DIGESTO TRIBUTARIO: En el presente oficio, en donde se indica: "... Decreto Ejecutivo No. 18455-H de 09 de setiembre de 1988, (RLISR)...", deberá de leerse, solo para efectos del número de Decreto, el "18445", en lugar de "18455".
|
|