N°
|
25
|
Descripción del documento:
|
La legislación nacional no regula el pago bajo protesta de sanciones por infracciones administrativas, por lo que los alegatos en su contra, no deben ser de recibo si ha habido una autodeterminación de la misma. |
Estado:
|
Vigente
|
Descripción del estado:
|
- |
Fundamento doctrinal:
|
- |
Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
|
Consulta |
Fecha:
|
15/01/2018 |
Observaciones:
|
-
|
|