N°
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570
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Descripción del documento:
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La multa que deba calcularse por el pago tardío del impuesto sobre la transferencia de vehículos automotores, aeronaves y embarcaciones, deberá de hacerse sobre la totalidad del impuesto sin considerar los abonos a cuenta. |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
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Consulta |
Fecha:
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29/05/2017 |
Observaciones:
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