N°
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378
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Descripción del documento:
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Se pueden desalmacenar vehículos que estén en las circunstancias descritas en el oficio DGT-305-2017, sin requerir de la nota técnica por parte de la Dirección General de Aduanas, los cuales deben inscribirse bajo el año en que están siendo desalmacenados. |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
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Consulta |
Fecha:
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03/04/2017 |
Observaciones:
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NOTAS DEL DIGESTO: 1./ Si bien en el presente oficio se indica "[...] con el oficio N° DGT-305-2017 del 16 de los presentes, [...]", debe entenderse que es de fecha 16 de marzo y no abril.
2./ El oficio DGT-305-2017 de 16 de marzo de 2017, fue derogado por el DGT-376-2017 /DGA-DN-0352-2017 de fecha 03 de abril de 2017, de las Direcciones General de Tributación y de Aduanas.
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