N°
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464
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Descripción del documento:
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Si un obligado tributario omitió en su declaración registros que representan un porcentaje igual o inferior al diez por ciento (10%), no procede la aplicación de la sanción del 25% prevista en el artículo 83 del Código Tributario. |
Estado:
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No vigente
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Descripción del estado:
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Derogado |
Fundamento doctrinal:
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- |
Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
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Recurso de reconsideración |
Fecha:
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27/04/2017 |
Observaciones:
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NOTAS DEL DIGESTO: 1./ En el presente oficio, en donde se indica "DGT-161-2017", debe leerse correctamente "DGT-167-2017".
2./ En donde se indica "09 de enero", deberá de leerse correctamente "09 de febrero"
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