N°
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145
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Descripción del documento:
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El Tribunal Registral Administrativo, órgano adscrito al Ministerio de Justicia, el cual forma parte del Gobierno Central, no está exento de cancelar los timbres fiscales por los contratos que realice. (Art.6 de la Ley de Expendio de Timbresl N° 5790) |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
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Consulta |
Fecha:
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10/02/2016 |
Observaciones:
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Nota del Digesto: en el presente oficio se hace referencia al Pronunciamiento de la PGR C-374-2004 de fecha 13 de diciembre de 2013, lo cual parece indicar que existe una contradicción entre los años, no obstante, en el aprtado de "Referencias - Documentos Recomendados", se hizo la vinculación del C-374-2004, pero de fecha 13 de diciembre de 2004 ya que en la base de datos de la PGR no se encuentra a la fecha de este registro, ninguna referencia con el año 2013.
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