N°
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1115
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Descripción del documento:
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La carga tributaria que se estableció para los cigarrillos en la Ley 7972, era de un 30%, la cual no se debe de aplicar, por cuanto la Ley 9028, realizó una derogación tácita de este tributo; por lo que la consultante deberá aplicar lo que indica la Ley 9028 arts. 22, 23, 24 y 31. |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
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Consulta |
Fecha:
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05/10/2015 |
Observaciones:
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