N°
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148
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Descripción del documento:
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En algunos casos, la Administración tendrá que valorar las consecuencias que puedan recaer sobre los terceros y tratar de atenuar los efectos negativos que el cierre del negocio puede ocasionarles. |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Modificado |
Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
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Oficio |
Fecha:
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11/03/2011 |
Observaciones:
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Nota del Digesto. Este oficio fue modificado por el Oficio DGT-1140-2014, en cuanto a lo relacionado con el plazo perentorio de 48 horas.
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