N°
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127
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Descripción del documento:
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Si bien, el artíc. 83 del CNPT establece una sanción por no entregar información en el tiempo establecido a la Administración Tributaria, lo cierto es que la sanción sólo procede cuando se trate de obligados tributarios, aspecto denominado tipo subjetivo, es decir, de contribuyentes del ISR. |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Tribunal Fiscal Administrativo |
Tipo de documento: |
Fallo |
Clase de Asunto:
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Recurso apelación |
Fecha:
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21/05/2015 |
Observaciones:
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