N°
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808
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Descripción del documento:
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Los depósitos en garantía por ser sumas comprometidas y sujetas a devolución, forman parte de los ingresos, hasta que se perfeccione la venta de los bienes inmuebles consultados; de manera que en tanto la venta no sea perfecta, dichos depósitos no podrán considerarse como ingresos. |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
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Consulta |
Fecha:
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27/07/2015 |
Observaciones:
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