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68
Descripción del documento: El requisito que establece el legislador para que las asociaciones no se encuentren sujetas al Impuesto sobre la Renta y, por ende no deban emitir factura electrónica, es que sean declaradas de utilidad pública mediante Decreto Ejecutivo.
Estado: Vigente
Descripción del estado: -
Fundamento doctrinal: -
Origen: Dirección General de Tributación
Tipo de documento: Oficio
Clase de Asunto: Consulta
Fecha: 15/01/2019
Observaciones: -
Referencias >>
Documentos relacionados >>

  • Jurisprudencia Administrativa de la PGR


  • N°: 255 SubN°:0 Tipo:Dictamen Fecha:29/10/2012


  • Normativa



  • Código de Normas y Procedimientos Tributarios ( Código Tributario )
    Tipo: Ley    4755 SubN°: 0   Fecha: 03/05/1971
    Artículo(s)
     119


    Ley de Asociaciones
    Tipo: Ley    218 SubN°: 0   Fecha: 08/08/1939
    Artículo(s)
     26


    Ley del Impuesto sobre la Renta
    Tipo: Ley    7092 SubN°: 0   Fecha: 21/04/1988
    Artículo(s)
     1 3


    Reglamento a la Ley de Asociaciones
    Tipo: Decreto Ejecutivo    29496 SubN°: 0   Fecha: 17/04/2001
    Artículo(s)
     31


    Reglamento de Procedimiento Tributario
    Tipo: Decreto Ejecutivo    38277 SubN°: 0   Fecha: 07/03/2014
    Artículo(s)
     63
  • Documentos Hacienda


  • Cita a Resolución  12  SubN° 0 del 19/02/2018
    Descripción: 

    Descrip y restric >>
    Entidades no sujetas al impuesto sobre la renta: Asociación declarada de utilidad pública. Factura electrónica: Excepciones (no obligado a emitir comprobante electrónico).
    Texto >>
    El documento no está disponible
    Extracto >>
    El documento no está disponible
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