N°
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38
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Descripción del documento:
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Competencia para incluir o excluir a un Gran Contribuyente y/o Gran Empresa Territorial: Modificar los artículos 1, 3 y 5 y adicionar un parrafo final en el artículo 2 de la resolución N° DGT-R-018-2018 del 03 de abril de 2018 (ver FE DE ERRATAS en "Datos Generales-Observaciones". |
Estado:
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No vigente
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Descripción del estado:
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Revocatoria tácita |
Fundamento doctrinal:
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- |
Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Resolución |
Clase de Asunto:
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Resolución |
Fecha:
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26/07/2018 |
Observaciones:
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NOTAS DEL DIGESTO TRIBUTARIO: 1./ A la presente resolución se le realizó la siguiente FE DE ERRATAS:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
"Corríjase el error material detectado en la Resolución N° DGT-R-038-2018 de las 08:15 horas del 23 de julio de 2018, en la que se resuelve; Modificar los artículos 1, 3 y 5 y adicionar un párrafo final en el artículo 2 de la resolución N° DGT-R-018-2018 del 03 de abril del 2018. Para que en el artículo 4°, sobre modificación del artículo 5 de la referida resolución DGT-R-018-2018, para que en lugar de la frase “se les notifiquen su exclusión” se lea correctamente “se les notifique su clasificación o exclusión”. Publíquese. San José, 03 de setiembre del 2018.—Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. N° 3400035463.—Solicitud N° 127262.—( IN2018277352 ).
2./ En la FE DE ERRATAS anterior, por error se consignó la siguiente fecha: "23 de julio de 2018", siendo lo correcto leerse solo respecto al día: "26".
3./ La presente Resolución presenta una derogatoria tácita, con la promulgación de la Resolución DGT-R-22-2021 del 22/06/2021, que deroga la DGT-R-018-2018 del 03/04/2018 y que modificada por la DGT-R-038-2018.
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