N°
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500
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Descripción del documento:
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El tipo de cambio que debe utilizar la contribuyente para el registro de sus ingresos, es el establecido por el BCCR y no el tipo de cambio SIMADI publicado diariamente por el Banco Central de Venezuela. |
Estado:
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Vigente
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Descripción del estado:
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Fundamento doctrinal:
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Origen: |
Dirección General de Tributación |
Tipo de documento: |
Oficio |
Clase de Asunto:
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Consulta |
Fecha:
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25/05/2015 |
Observaciones:
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